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¿Cuál sería la prueba idónea para que un contribuyente no obligado a llevar contabilidad demuestre el costo fiscal y valor patrimonial de sus criptoactivos?

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Si un residente desea obtener un soporte de la operación económica celebrada con sujetos no obligados a expedir factura de venta, deberá observar lo dispuesto en el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016, el cual establece que, para efectos de lo dispuesto en el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, se deberá generar un documento soporte que permita probar la respectiva transacción que da lugar a costos o deducciones, para lo cual es necesario cumplir unos requisitos y condiciones listados en dicho artículo.


Así, toda vez que no existe actualmente una norma especial en la materia respecto a transacciones de criptoactivos, como por ejemplo las efectuadas en modalidad P2P (peer- to-peer o entre iguales, sin un tercero o intermediario que lleve dicha transacción), deberá darse aplicación a lo dispuesto en el artículo 1.6.1.4.12 ibidem.

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