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Si se negocia un bien inmueble y se paga con criptomonedas ¿qué obligaciones tributarias se generan en Colombia?

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a operación que nos ocupa es la permuta de activos, esto es, el intercambio de un inmueble localizado en Colombia por un bien intangible, de modo que las obligaciones tributarias asociadas al impuesto sobre la renta serán aquellas derivadas de la celebración del contrato en comento.


El permutante del criptoactivo deberá determinar el valor patrimonial de dicho activo y analizar si, con ocasión de la permuta, obtuvo un ingreso por la diferencia entre el costo fiscal del criptoactivo y el valor de su “enajenación”.


Por otra parte, el pago del inmueble por medio de criptoactivos podrá representar un incremento patrimonial en cabeza del permutante del inmueble si el valor patrimonial del criptoactivo es superior al del bien inmueble. Dicho incremento patrimonial deberá ser reportado en su declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.


En igual medida, el permutante del bien inmueble deberá determinar el valor patrimonial de dicho bien y comprobar si, con ocasión de la permuta, obtuvo un ingreso por la diferencia entre el costo fiscal del bien inmueble y el valor de su enajenación.

Finalmente, los permutantes deberán atender lo dispuesto en el artículo 90 del Estatuto Tributario para efectos de determinar los precios mínimos de enajenación de los bienes objeto de permuta.

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