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TAX Compliance Solutions · Colombia

Resuelva su declaración de renta con acompañamiento experto

Consulte su fecha, revise si debe declarar y reciba acompañamiento para preparar su declaración en Colombia.

Consultar mi fechaSolicitar asesoríaAtención personalizada · Alcance acordado antes de iniciar

Herramientas de orientación · 2026

Consulte su fecha y revise si debe declarar

Personas naturales · Año gravable 2025. No se consulta una base de datos de la DIAN ni se necesita la cédula completa.

¿Cuándo vence mi declaración?

Dos últimos dígitos del NIT, sin el dígito de verificación

Verifique el número en su RUT. Ejemplo: NIT 123456789-0 → escriba 89.

Consultar fecha

Ingrese exactamente dos dígitos, del 00 al 99.

Necesito ayuda con mi declaración

Es el calendario general; no confirma la obligación de declarar. Para NIT 01 a 26 pueden aplicar plazos especiales según domicilio fiscal y condiciones del Decreto 1226 de 2026. No aplica a grandes contribuyentes ni al SIMPLE.

Ver calendario oficial DIAN
¿También quiere saber si debe declarar?

Responda sobre su situación de 2025. No necesita ingresar montos exactos.

¿Es persona natural residente fiscal en Colombia y perteneció al régimen ordinario en 2025?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Su patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025 superó $224.096.000?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Sus ingresos brutos de 2025 fueron de $69.719.000 o más?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Sus consumos con tarjeta de crédito en 2025 superaron $69.719.000?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Sus compras y consumos totales de 2025 superaron $69.719.000?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Sus consignaciones, depósitos o inversiones financieras acumulados en 2025 superaron $69.719.000?SeleccioneSíNoNo lo sé¿Era responsable de IVA al 31 de diciembre de 2025?SeleccioneSíNoNo lo séRevisar mis respuestas

Complete las respuestas para obtener una orientación.

Declarar no siempre implica pagar impuesto. El resultado depende de la información que seleccione; no sustituye la revisión de residencia, régimen y soportes.

Ver requisitos oficiales DIAN

Estas herramientas no envían ni guardan sus respuestas. Fuentes consultadas el 9 de septiembre de 2026.

Revisar mi caso con TAX por WhatsApp

Alcance del servicio

Cómo podemos ayudarle

01

Revisión de la obligación

Analizamos residencia fiscal, ingresos, patrimonio y demás condiciones para establecer el alcance de su declaración.

02

Organización de soportes

Revisamos certificados, movimientos, retenciones y documentos que sustentan la información a declarar.

03

Preparación y revisión

Elaboramos la declaración y verificamos la coherencia de ingresos, costos, deducciones y beneficios aplicables.

04

Acompañamiento en la presentación

Le explicamos el resultado y acompañamos la presentación según el alcance contratado. El pago del impuesto, si corresponde, es independiente de nuestros honorarios.

Así trabajamos

Claridad en cada etapa

1
DiagnósticoConocemos su situación y revisamos la información inicial.
2
PropuestaAcordamos alcance, tarifa, tiempos y responsabilidades.
3
DesarrolloPreparamos y revisamos los entregables del servicio.
4
EntregaExplicamos los resultados y los siguientes pasos.

Resolvemos sus dudas

10 preguntas frecuentes sobre renta

Respuestas breves para tomar el siguiente paso. Abra la pregunta que le interesa.

¿Quién está obligado a declarar renta en 2026?

Para esta campaña se revisa el año gravable 2025. En personas naturales residentes del régimen ordinario cuentan el patrimonio, los ingresos, los consumos, los movimientos financieros y la responsabilidad de IVA. Basta cumplir una condición. Consulte los topes y el verificador de esta página.

¿Cuándo vence mi declaración de renta?

La fecha general depende de los dos últimos dígitos del NIT, sin el dígito de verificación. Use el consultador de esta página y revise si le aplica un plazo especial antes de tomar la fecha como definitiva.

¿Declarar renta significa que debo pagar?

No necesariamente. La declaración puede arrojar saldo a pagar, saldo a favor o ningún valor a cargo. Influyen la depuración de los ingresos, los beneficios procedentes, las retenciones y los anticipos.

¿Qué documentos necesito para prepararla?

RUT actualizado, declaración anterior si existe y certificados de ingresos, retenciones, bancos e inversiones. También soportes de bienes, deudas y beneficios. Contrastamos lo reportado por terceros con sus documentos.

¿Cómo se calcula el impuesto y cuál es la tarifa?

Se clasifican los ingresos y se aplican los costos y beneficios permitidos. Para residentes, la tabla del artículo 241 contempla tarifas marginales del 0 % al 39 % sobre la base correspondiente. No se aplica una misma tarifa a todos los ingresos; pensiones, dividendos y ganancias ocasionales tienen reglas particulares.

¿Qué deducciones y beneficios puedo utilizar?

Depende de sus ingresos, pagos y soportes. Pueden proceder intereses de vivienda, salud adicional, dependientes y compras elegibles con factura electrónica, entre otros. Cada beneficio tiene requisitos y límites; no todo gasto personal es deducible.

¿Qué es el anticipo de renta?

Es un abono al impuesto del año siguiente que se calcula en la declaración actual. Se determina sobre el impuesto neto de renta según las reglas aplicables, no sobre los ingresos brutos, y se consideran las retenciones del ejercicio.

¿Qué pasa si presento tarde o necesito corregir?

La presentación tardía puede generar sanción, incluso sin impuesto a cargo, e intereses si hay impuesto pendiente. Las correcciones tienen procedimientos y plazos propios. Revisamos el período, los soportes y las comunicaciones de la DIAN antes de definir el trámite.

¿Debo declarar en Colombia si vivo en el exterior?

Vivir fuera del país no resuelve por sí solo la obligación: primero se verifica la residencia fiscal. Los residentes y los no residentes tienen reglas diferentes. El verificador general de esta página no determina la residencia fiscal.

¿Cuánto cuesta el servicio de declaración de renta?

Ofrecemos una tarifa flexible adaptada a sus necesidades. Antes de iniciar acordamos el alcance, los tiempos y las condiciones según la complejidad y los soportes. El impuesto a pagar, si existe, es independiente de nuestros honorarios.

Información orientativa para el año gravable 2025. Consulte la guía oficial de la DIAN.

Guía de consulta

Profundice solo en lo que necesita

Consulte los requisitos, las reglas y el calendario completo por tema.

¿Qué es el impuesto sobre la renta?

Entienda su declaración

Es un impuesto nacional que grava la renta obtenida durante un año. Para calcularlo se clasifican los ingresos y se restan los costos, deducciones y beneficios que la ley permite, según su origen y los soportes disponibles. El resultado determina la base sobre la cual se calcula el impuesto.

Esta guía se enfoca en personas naturales residentes fiscales en Colombia del régimen ordinario, año gravable 2025, declarado en 2026. La residencia fiscal puede implicar reportar ingresos y patrimonio tanto en Colombia como en el exterior. Las empresas, los no residentes y el régimen SIMPLE tienen reglas diferentes.

Una declaración reúne información; el impuesto es el valor que resulta de liquidarla.

Por eso, superar un tope para declarar no significa que deba pagar. Las retenciones, anticipos anteriores y saldos a favor también intervienen en el resultado final.

¿Cuál es la tarifa del impuesto de renta?

Tarifa progresiva · Artículo 241

Para las personas naturales residentes, la tabla del artículo 241 tiene tarifas marginales del 0 % al 39 %. Se aplica a la base gravable correspondiente, después de la depuración; no directamente a todos los ingresos recibidos. Pensiones, dividendos y ganancias ocasionales requieren revisar sus reglas particulares.

Base gravable en UVTTarifa marginalImpuesto en UVT
De 0 a 1.0900 %0
Más de 1.090 hasta 1.70019 %(B − 1.090) × 19 %
Más de 1.700 hasta 4.10028 %(B − 1.700) × 28 % + 116
Más de 4.100 hasta 8.67033 %(B − 4.100) × 33 % + 788
Más de 8.670 hasta 18.97035 %(B − 8.670) × 35 % + 2.296
Más de 18.970 hasta 31.00037 %(B − 18.970) × 37 % + 5.901
Más de 31.00039 %(B − 31.000) × 39 % + 10.352

B es la base gravable expresada en UVT. La UVT de 2025 equivale a $49.799. El impuesto en UVT se convierte a pesos y se aplican los redondeos del formulario.

Ejemplo para entender la tarifa marginal

Con una base gravable de 2.000 UVT: (2.000 − 1.700) × 28 % + 116 = 200 UVT, equivalentes a $9.959.800 antes del redondeo. Es el impuesto de esta tabla, antes de descuentos y de determinar el saldo con retenciones y anticipos. No se cobra 28 % sobre las 2.000 UVT completas.

Consultar artículo 241 del Estatuto Tributario.

¿Qué deducciones y beneficios pueden aplicar?

Beneficios con requisitos y soportes

Las deducciones disminuyen la base gravable. Su aplicación depende del tipo de ingreso, los pagos realizados, los documentos y los límites legales. Estos son algunos conceptos que revisamos:

ConceptoQué debe tener en cuenta
Intereses de viviendaIntereses y corrección monetaria de créditos para adquirir vivienda, con requisitos y certificados. Tope individual: 1.200 UVT al año; también debe revisarse el límite general.
Salud adicionalMedicina prepagada y seguros de salud admisibles, pagados a entidades autorizadas. Hasta 16 UVT mensuales para quien cumpla las condiciones; no cualquier gasto médico.
Dependientes económicosPara rentas de trabajo, hasta 10 % del ingreso mensual, con máximo de 32 UVT al mes. Existe una deducción adicional de 72 UVT anuales por dependiente, hasta cuatro. Deben acreditarse las condiciones legales y revisar la compatibilidad según el tipo de ingreso.
Compras con factura electrónicaDeducción del 1 % de adquisiciones elegibles, hasta 240 UVT anuales. Requiere factura electrónica validada que identifique al comprador, pago electrónico admisible y que la compra no se use para otro beneficio incompatible.
GMF o 4 × 1.000Puede deducirse el 50 % efectivamente pagado, debidamente certificado por el agente retenedor.
Costos de la actividad independientePueden proceder gastos vinculados con la actividad que produce la renta, con necesidad, proporcionalidad y soportes exigidos. En rentas de trabajo independientes debe revisarse la elección entre costos y la exención del 25 %, cuando corresponda.
Los topes no se suman libremente.

En la cédula general, las rentas exentas y deducciones sujetas al límite global no pueden superar el 40 % del ingreso después de restar los ingresos no constitutivos de renta, ni 1.340 UVT al año. Hay excepciones legales, entre ellas la deducción adicional de 72 UVT por dependiente y la deducción del 1 % por compras elegibles.

Otros conceptos que también influyen

Rentas exentas: por ejemplo, el 25 % de rentas de trabajo elegibles, después de la depuración legal, con límite de 790 UVT al año y sujeto al límite general cuando corresponda. Los aportes voluntarios a pensión y cuentas AFC tienen condiciones, límites y requisitos de permanencia propios.

Aportes obligatorios a salud y pensión: cuando cumplen los requisitos se tratan como ingresos no constitutivos de renta. Descuentos tributarios: reducen el impuesto calculado, no la base. Retenciones: son pagos anticipados que se imputan en la declaración.

Fuentes: artículos 107, 115, 119, 206, 336 y 387 del Estatuto Tributario e instructivo oficial DIAN del formulario 210. No todo gasto personal es deducible.

¿Qué es el anticipo de renta?

Planee también el siguiente año

Es un abono al impuesto del año gravable siguiente que se calcula dentro de la declaración actual. El anticipo determinado en la declaración de 2025 presentada en 2026 corresponde al año gravable 2026 y se imputa en la declaración de ese año, que se presenta en 2027.

Trayectoria declarando rentaPorcentaje general del anticipo
Primer año25 %
Segundo año50 %
Tercer año y siguientes75 %

El porcentaje se aplica al impuesto neto de renta del año declarado o, cuando procede y a elección del contribuyente, al promedio del impuesto neto de renta de los dos últimos años. Luego se restan las retenciones del ejercicio. Si el resultado es negativo, el anticipo es cero.

Ejemplo ilustrativo

Si aplica el 75 %, elige como base un impuesto neto de renta de $4.000.000 y tiene retenciones de $2.000.000: $4.000.000 × 75 % − $2.000.000 = $1.000.000 de anticipo. Este valor se suma al cálculo del saldo de la declaración actual y se acredita en la del siguiente año.

El anticipo no se calcula sobre los ingresos brutos. Su liquidación y las posibles reducciones requieren revisar la situación del contribuyente.

Fuente: DIAN: cálculo y aplicación del anticipo, artículo 807. Información para el año gravable 2025, consultada el 9 de septiembre de 2026.

¿Quiénes están obligados a declarar renta?

Año gravable 2025 · Declaración en 2026

Para personas naturales residentes fiscales en Colombia, del régimen ordinario, basta cumplir una de estas condiciones:

CondiciónTope o requisito
Patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025Más de $224.096.000
Ingresos brutos de 2025$69.719.000 o más
Consumos con tarjeta de crédito de 2025Más de $69.719.000
Compras y consumos totales de 2025Más de $69.719.000
Consignaciones, depósitos o inversiones financieras acumulados en 2025Más de $69.719.000
Responsabilidad de IVA al 31 de diciembre de 2025Haber sido responsable de IVA

Declarar no siempre significa pagar impuesto. El resultado depende de la liquidación y de las retenciones y beneficios aplicables.

Valores en pesos colombianos publicados por la DIAN para 2025. Si es no residente fiscal o pertenece al SIMPLE, se requiere una revisión de sus reglas particulares.

Consultar requisitos oficiales de la DIAN

¿Qué pasa si estoy obligado y no declaro renta?

Si se venció el plazo

La obligación sigue pendiente. Estas son las consecuencias generales, según el momento en que se regularice:

SituaciónConsecuencia
Declara tarde, antes del emplazamientoSanción general del 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso, hasta el 100 % (art. 641).
Declara después del emplazamientoLa sanción general sube al 10 % mensual o por fracción, hasta el 200 % del impuesto a cargo (art. 642).
Persiste sin declararLa DIAN puede imponer la sanción del artículo 643: en renta, 20 % de las consignaciones o ingresos brutos del período determinados por la entidad, o de los ingresos brutos de la última declaración, tomando la base superior conforme a la norma.
Aunque no resulte impuesto a cargo, puede existir sanción.

Se aplican bases alternativas sobre ingresos o patrimonio, límites y la sanción mínima cuando corresponda. Si hay impuesto pendiente de pago, también se generan intereses de mora.

¿Cómo ponerse al día?

Reúna sus soportes y las comunicaciones recibidas de la DIAN. En TAX revisamos el año pendiente, el vencimiento y la etapa del trámite para preparar la declaración y calcular las sanciones e intereses aplicables. Las posibles reducciones requieren cumplir condiciones legales; no son automáticas.

Fuentes: Estatuto Tributario, artículos 634, 639 y 641 a 643 y DIAN: requisitos de reducción y regularización. Revisión: 9 de septiembre de 2026.

Calendario tributario de personas naturales 2026

Consulte su vencimiento

Declaración de renta del año gravable 2025. Calendario general de declaración y pago, si hay saldo a cargo. Busque los dos últimos dígitos del NIT, sin el dígito de verificación.

Agosto de 2026

NIT termina enDía límite
01 – 0212 de agosto
03 – 0413 de agosto
05 – 0614 de agosto
07 – 0818 de agosto
09 – 1019 de agosto
11 – 1220 de agosto
13 – 1421 de agosto
15 – 1624 de agosto
17 – 1825 de agosto
19 – 2026 de agosto
21 – 2227 de agosto
23 – 2428 de agosto
25 – 2631 de agosto

Septiembre de 2026

NIT termina enDía límite
27 – 281 de septiembre
29 – 302 de septiembre
31 – 323 de septiembre
33 – 344 de septiembre
35 – 367 de septiembre
37 – 388 de septiembre
39 – 409 de septiembre
41 – 4210 de septiembre
43 – 4411 de septiembre
45 – 4614 de septiembre
47 – 4815 de septiembre
49 – 5016 de septiembre
51 – 5217 de septiembre
53 – 5418 de septiembre
55 – 5621 de septiembre
57 – 5822 de septiembre
59 – 6023 de septiembre
61 – 6224 de septiembre
63 – 6425 de septiembre
65 – 6628 de septiembre

Octubre de 2026

NIT termina enDía límite
67 – 681 de octubre
69 – 702 de octubre
71 – 725 de octubre
73 – 746 de octubre
75 – 767 de octubre
77 – 788 de octubre
79 – 809 de octubre
81 – 8213 de octubre
83 – 8414 de octubre
85 – 8615 de octubre
87 – 8816 de octubre
89 – 9019 de octubre
91 – 9220 de octubre
93 – 9421 de octubre
95 – 9622 de octubre
97 – 9823 de octubre
99 – 0026 de octubre

Consulte los vencimientos de cada mes según los dos últimos dígitos del NIT.

Plazos especiales por la emergencia de agosto de 2026.

El Decreto 1226 de 2026 establece fechas distintas para NIT terminados en 01 a 26 de personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan las condiciones de domicilio fiscal en los municipios cobijados. Si este es su caso, revise el plazo especial antes de usar el calendario general.

Consultar municipios, condiciones y plazos especiales

Fuente: Calendario tributario oficial DIAN 2026 (PDF). Verificado el 9 de septiembre de 2026. Este calendario corresponde a renta de personas naturales; otras obligaciones y regímenes tienen plazos propios.

Preparación

Documentos para comenzar

La lista definitiva se ajusta al diagnóstico de su caso.

  • RUT actualizado y declaración del año anterior, si existe.
  • Certificados de ingresos, retenciones, saldos bancarios e inversiones.
  • Soportes de bienes, deudas, compras, gastos y beneficios tributarios aplicables.
  • Información reportada por terceros a la DIAN, contrastada con sus propios soportes.

Conversemos sobre lo que necesita

Tarifa flexible adaptada a sus necesidades. Acordamos el alcance y las condiciones del acompañamiento antes de iniciar.

Consultar mi caso

Información de referencia: Guía oficial de renta de personas naturales — DIAN. Las condiciones y los términos se verifican para cada caso.

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